martes, 2 de septiembre de 2014

FUENTES DEL DERECHO ROMANO


LA COSTUMBRE: Costumbre, en Derecho, es "la forma de actuar uniforme y sin interrupciones que, por un largo período de tiempo, adoptan los miembros de una comunidad, con la creencia de que dicha forma de actuar responde a una necesidad jurídica, y es obligatoria".3
Usualmente las leyes son codificadas de manera que concuerden con las costumbres de las sociedades que rigen, y en defecto de ley, la costumbre puede constituir una fuente del derecho. Sin embargo, en algunos territorios, como los españoles de derecho foral (Navarra), y otros países, la costumbre es fuente de derecho primaria y como tal se aplica antes (o a la vez) que la ley.

COSTUMBRE MERCANTIL:El numeral 5 del artículo 85 del Código de Comercio, ordena que las Cámaras de Comercio deben recopilar las costumbres mercantiles de su jurisdicción y certificar acerca de la existencia de las recopiladas.
La Costumbre Mercantil es una fuente primaria del derecho comercial que hace referencia a los usos implantados por la colectividad y que son considerados por la misma ley como obligatorios.  Esta fuente, ha dado origen a las legislaciones, formando así una especie de derecho escrito, proveniente de la experiencia y en ella se fundamenta.  Los usos base de la costumbre son espontáneamente observados y se caracterizan por ser dinámicos y proporcionar una respuesta a las necesidades de la colectividad.
Es así como el artículo 3 del Código de Comercio, expresa que la Costumbre para que pueda ser fuente del Derecho Mercantil, debe poseer ciertos elementos, es decir, debe ser una fuente uniforme, pública, reiterada y que no contraríe las disposiciones legales vigentes.

LA LEY

El magistrado proponía la ley para que el senado la validara, pero era el magistrado quien la creaba.

La Jurisprudencia en el Derecho romano es considerada una de las fuentes más importantes del Derecho Occidental actual,1 como a su vez en la Historia de Roma. La Jurisprudencia como fuente del Derecho era entendida como la "ciencia del saber del Derecho", a diferencia de hoy en día donde el eje principal de la jurisprudencia son las sentencias.2 Los Jurisprudentes o también conocidos como jurisconsultos eran hombres cuyo estudio del Derecho en la época romana era un quehacer, pues ligados a laAristocracia romana, dedicaban gran parte de su tiempo a dicho propósito.3 La Jurisprudencia romana adquiere su trascendencia en el tiempo gracias al trabajo de Justiniano I cuya compilación del Digesto4 la Novellae, las Institutas y el Codex fue la base fundamental para la conformación del Corpus Iuris Civilis durante el siglo XVI d.C. Esta obra nos permite hoy en día dilucidar la evolución de las fuentes del Derecho a lo largo de su historia y además, constituye una fundamental fuente de estudios para entender cómo se estructuraba el Derecho romano.


PLEBISCITO: Plebiscita (palabra latina de la que deriva la castellana "plebiscito") era la denominación de las decisiones tomadas por la plebe romana en sus asambleas. Adquirieron mayor relieve progresivamente. El 465 a. C. el dictador Quinto Hortensio hizo votar por los Comicios Centuriados la ley que obligaba a todos los ciudadanos a acatar los plebiscitos. Aunque no se precisaba el asentimiento del Senado, fue generalmente solicitado.
El plebiscito romano, en su origen, designaba a los jefes plebeyos, votaba normas de su interés (inviolabilidad de los tribunos, protección de las Asambleas, derecho de voto, etc.) y ejercía jurisdicción criminal sobre los plebeyos de las tribus.
Más tarde extiende su competencia a asuntos de interés general, (precisándose primero desde el 471 a. C. el consentimiento del Senado para la presentación de la moción, consentimiento que después desaparece hacia el 449 a. C., aun siendo frecuentemente solicitado) y el plebiscito adquiere fuerza de ley, sin obligar a los patricios, y más tarde (289 a. C.) obligando a todos los ciudadanos.

SENADO CONSULTO: 

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el senadoconsulto (en latín: senatusconsultum) es una de las del derecho romano. en la época republicana consistía en un parecer u opinión de carácter consultivo y no vinculante dado por el  a un magistrado. en la época imperial deviene un acto, con  de ley, emanado del , previo y en algunos casos muy raros (por ejemplo, senadoconsulto macedoniano o senadoconsulto veleyano), de otros sujetos.
es  la  del senadoconsulto formulada por el jurista romano gayo en sus institutiones:
 «Senatus consultum est quod senatus iubet atque constituit; idque legis vicem optinet, quamvis fuerit quaesitum» (Traducido al español sería: "El senadoconsulto tiene fuerza de ley, por más que alguien lo haya puesto como objeto de discusión")

Claudiano Mamerto, (Vienne, comienzos del siglo V d. C - 473 d. C.) teólogo galorromano hermano de San Mamerto, obispo de Vienne.
Nació sin duda en la villa de Vienne, en Galia, cerca de Lyon, a comienzos del siglo V d. C. y murió después de 470, quizá en 473. Se piensa que hizo sus estudios en Lyon. De buena e importante familia, renunció a sus bienes terrenales por la vida monástica; ayudó a su hermano, que era obispo de Vienne y lo nombró presbítero; Sidonio Apolinar lo describe como maestro de canto dirigiendo los Salmos: "Psalmorum hic modulator et phonascus ante altaria fratre gratulante instructas docuit sonare classes" (Epist., IV, XI, 6; V, 13-15), importante pasaje para la historia del canto litúrgico. En este mismo epigrama, que es epitafio de Claudiano Mamerto, Sidonio informa de que compuso un Leccionario o colección de pasajes de las Sagradas Escrituras para leerse en ciertas celebraciones durante el año. Escribió también los tres libros De statu animae o Sobre el Estado del Almaentre 468 y 472 para combatir las ideas de Fausto, obispo de Riez, departamento de Bajos Alpes, sobre la corporeidad del alma. Demuestra conocer a Platón quizá directamente del griego, a Porfirio y, especialmente, Plotino y Agustín de Hipona, cuyos argumentos utiliza, aunque utiliza un método peripatético y ya escolástico. Reaccionó contra elsemipelagianismo en Galia hacia fines del siglo V, y fue precursor del Escolasticismo, anticipándose al sistema de Roscelin y Pedro Abelardo. Su método lógico fue analizado porBerengario de ToursNicolás de Clairvaux, secretario de San Bernardo y Ricardo de Fournival.
Usa un abundante vocabulario abstracto y arcaísmos, pues gustaba de revivir palabras obsoletas, autorizando la imitación de NevioPlautoVarrón y Graco, si bien su familiaridad con estos autores fue a través de las citas de los gramáticos y de las obras de Lucio Apuleyo, que leyó con avidez. Esta mezcla le hizo llamarlo "antiguo moderno" a su amigo Sidonio Apolinar (Epist., IV, III, 3).
Se le han atribuido erróneamente algunos poemas que son en realidad de Venancio FortunatoPaulino de NolaClaudio Claudiano y Merobaudes.


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